martes, 31 de diciembre de 2019

Se incluye como bien exonerado del IGV a los Cuyes



Decreto Supremo N° 401-2019-EF



Mediante Decreto Supremo N° 401-2019-EF publicada el 29 de diciembre del 2019, en el diario oficial El Peruano, se modifica el Literal A del Apéndice I del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, incluyéndose  como bien exonerado del IGV a los “Cuyes o cobayos o conejillos de indias vivos”, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, la cual establece la facultad de modificar la lista de bienes y servicios de los Apéndices I y II, según corresponda, mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, con opinión técnica de la SUNAT.

El Decreto Supremo, bajo comentario, entra en vigencia el 01-01-20.

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